Registro de Transparencia y Beneficiarios Finales

Registro de Transparencia y Beneficiarios Finales

BDO le informa sobre la obligación anual de presentar ante el Banco Central de Costa Rica, la declaración del Registro de Transparencia y Beneficiarios Finales (RTBF), la cual tiene como objetivo cumplir con los estándares y recomendaciones internacionales (OCDE – GAFI) relacionadas a la transparencia en materia tributaria y financiera.

La Resolución Conjunta de Alcance General para el Registro de Transparencia y Beneficiarios Finales Nº DGT-ICD-R-06-2020 de fecha 26 de marzo de 2020 y sus reformas, emitida por la Dirección General de Tributación y el Instituto Costarricense sobre Drogas, establece la obligación de todas las personas jurídicas obligadas a presentar una declaración ordinaria cada año durante el mes de abril.
 

Para el presente año 2023, el equipo encargado estará revisando la documentación de respaldo que custodiamos para las declaraciones previas. En caso de que su sociedad haya presentado cambios en la cadena accionaria o en los beneficiarios finales declarados, agradecemos nos lo comunique de inmediato para proceder a estudiar las modificaciones y realizar el requerimiento específico de información para su caso; de no ser así, una vez finalizado el estudio de los respaldos, le estaremos comunicando si fuera necesario emitir documentos con fecha reciente en aras de cumplir con la debida diligencia que la norma exige.

Asimismo, estaremos gestionando la actualización de los poderes especiales requeridos para la presentación del RTBF. Agradecemos de antemano su atenta colaboración en este proceso que tendrá lugar previo al periodo ordinario de declaración.

Les recordamos que, en caso de incumplimiento, la sociedad podrá verse expuesta a las siguientes sanciones:

Pecuniarias:

  • Multa proporcional al 2% de los ingresos brutos del periodo anterior a la infracción.
  • Mínimo de tres salarios base y un máximo de cien salarios base.

Administrativas:

  • Inclusión en Lista de incumplidores de la Dirección General de Tributación.
  • No emisión de certificaciones de personería o inscripción de documentos por parte de Registro Nacional.
  • Certificaciones notariales deben consignar que la sociedad se encuentra incluida en la lista de incumplidores. 

Para cualquier duda respecto del proceso o cualquier ayuda que requiera, quedamos a su disposición al correo rbf@bdo.cr