Se publica proyecto de Ley para sacar a Costa Rica de la lista de países no cooperantes de la Unión

Se publica proyecto de Ley para sacar a Costa Rica de la lista de países no cooperantes de la Unión

En la Gaceta del día 28 de marzo de 2023, se ha publicado proyecto de Ley que pretende introducir una modificación en nuestra Ley del Impuesto sobre la Renta, con la finalidad de que se logre la exclusión de Costa Rica de la lista de países no cooperantes de la Unión Europea.  

Recordemos que se había incluido a nuestro país en ese listado negativo, por incumplimiento de tomar medidas para regular el tratamiento de las rentas pasivas extraterritoriales, procurando que nuestras reglas no propicien una doble no tributación. 

Este incumplimiento que finalmente nos llevó a integrar tal lista de jurisdicciones no cooperantes, no implica que Costa Rica deba adoptar un sistema de renta mundial y en esta línea se presenta un proyecto de reforma a la Ley del Impuesto sobre la Renta que regule expresamente ese tipo de renta, sin abandonar el sistema territorial. 

En lo medular, se agrega el siguiente extracto sobre rentas pasivas extraterritoriales al artículo 1 de la Ley del Impuesto sobre la Renta: 

Artículo 1:

(…)

“Así también, se entenderán de fuente costarricense las siguientes rentas, que provengan de bienes situados o derechos utilizados económicamente fuera del territorio nacional, en tanto y únicamente cuando sean obtenidos por una entidad integrante de un grupo multinacional que además sea considerada como una entidad no calificada de conformidad con lo dispuesto en el artículo 2 bis del presente capítulo: a) Dividendos b) Intereses c) Regalías d) Otros rendimientos del capital mobiliario. Las rentas anteriores deberán tributar conforme al capítulo XI de la presente ley. En tales casos, el contribuyente podrá acreditar el impuesto análogo pagado en el exterior contra el impuesto a pagar en territorio costarricense que se genere respecto de la misma renta. El crédito a imputar no podrá superar la parte del referido impuesto calculado en forma previa a tal deducción”.

(…)

* Los destacados no pertenecen al proyecto. 

Se adiciona además un artículo 2 bis para incluir los conceptos de entidad calificada y grupo multinacional 

De esta manera el proyecto pretende regular el tratamiento de rentas pasivas extraterritoriales para evitar supuestos de doble no imposición, lo cual coincide con las observaciones originalmente realizadas por la Unión Europea. 

En BDO seguiremos atentos a la discusión sobre este proyecto para mantenerle informado.