Nueva resolución deroga la MH-DGT-RES-0039-2025
Nueva resolución deroga la MH-DGT-RES-0039-2025
El Ministerio de Hacienda, mediante la Resolución Nº MH-DGT-RES-0051-2025 (publicada el 30 de setiembre de 2025), deja sin efecto la resolución MH-DGT-RES-0039-2025 y establece nuevas directrices para el manejo del impuesto sobre ganancias y pérdidas de capital en la venta de bienes inmuebles.
El formulario 129 será la única vía oficial para declarar y pagar esta retención. Las declaraciones presentadas en otros medios no serán válidas.
¿Qué cambia con esta resolución?
- Se deroga completamente la resolución anterior (0039-2025), que regulaba tanto la retención del impuesto de ganancias de capital como el uso de los formularios de traspaso e incentivos de la Ley N°9996.
- Se mantiene únicamente la retención del 2,5% sobre las ganancias de capital para transmisiones de bienes inmuebles de no domiciliados, conforme al artículo 28 ter de la Ley del Impuesto sobre la Renta.
- Dicha retención deberá declararse y pagarse en el formulario “Retenciones de Ganancias de Capital - No Domiciliado 129”, disponible en el sistema TRIBU-CR a partir del 6 de octubre de 2025.
Plazo de declaración y pago
Dentro de los primeros 15 días naturales del mes siguiente al hecho generador.Importante
La Dirección General de Tributación reconoce que aún no están operativas las herramientas tecnológicas necesarias para implementar todos los mecanismos previstos en la resolución anterior, por lo que se limita el alcance temporalmente a la gestión de las retenciones por no domiciliados.El formulario 129 será la única vía oficial para declarar y pagar esta retención. Las declaraciones presentadas en otros medios no serán válidas.