Hacienda actualiza criterios sobre aplicación de NIIF en materia tributaria
Hacienda actualiza criterios sobre aplicación de NIIF en materia tributaria
Noticia preparada por Gustavo Porras, Senior de Impuestos.
El Ministerio de Hacienda comunicó la emisión de la Resolución MH-DGT-RES-0015-2026, publicada en La Gaceta N.° 78 del 29 de abril de 2026, mediante la cual la Dirección General de Tributación actualiza los criterios interpretativos sobre la aplicación de las NIIF y NIIF para PYMES en materia tributaria.
La resolución entrará en vigor el 1 de enero de 2027 y tiene como objetivo brindar mayor seguridad jurídica en la armonización de la información financiera preparada bajo NIIF con la normativa tributaria costarricense.
Aspectos clave
- Las personas jurídicas clasificadas como Grandes Contribuyentes deberán llevar su contabilidad y presentar sus estados financieros bajo NIIF Plenas.
- Los contribuyentes del régimen general podrán optar por NIIF para PYMES o NIIF Plenas, según sus necesidades de información o requerimientos regulatorios.
- Estas disposiciones no aplican a contribuyentes inscritos en el Régimen de Tributación Simplificada ni en el Régimen Especial Agropecuario.
Implicaciones
- Este cambio refuerza la importancia de revisar oportunamente:
- Las políticas contables
- La conciliación fiscal
- La documentación de soporte
Para analizar el impacto de esta resolución en su organización y asegurar el adecuado cumplimiento de las disposiciones fiscales y contables, puede comunicarse con nuestro equipo especializado.
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