Proyecto de Ley Nº 24.996: modificaciones sobre morosidad y reinscripción de personas jurídicas
Proyecto de Ley Nº 24.996: modificaciones sobre morosidad y reinscripción de personas jurídicas
Nota escrita por Anthony Solís, Asistente Legal.
El Plenario Legislativo discute el texto actualizado producto de una moción aprobada el 13 de octubre de 2026 del Proyecto de Ley N.º 24.996, que reforma la Ley del Impuesto a las Personas Jurídicas (Ley N.º 9428). La iniciativa plantea cambios operativos relevantes en el manejo registral de entidades morosas y abre una ventana temporal para la reinscripción de sociedades disueltas.
Principales modificaciones propuestas
1. Emisión de certificaciones con advertencia de morosidad
- A diferencia del impedimento actual, el Registro Nacional estaría facultado para emitir certificaciones de personería jurídica y literales de entidades morosas, siempre que se indique expresamente dicha condición en el documento.
2. Tratamiento registral de documentos (Defecto subsanable)
- Se mantienen las restricciones para contratar con el Estado o inscribir documentos a favor de entidades en mora; sin embargo, el Registro dejaría de cancelar la presentación del documento, catalogando la situación como un defecto subsanable y suspendiendo el trámite hasta que la sociedad se ponga al día ante Tributación.
3. Conservación de la causal de disolución
- Aunque se analizó una figura de "inmovilización legal", el texto actual ratifica que acumular tres períodos consecutivos de impago constituye causal de disolución y cancelación, facultando a la Administración Tributaria para cobrar la deuda a los socios registrados como responsables solidarios.
4. Nuevo Transitorio V para reinscripción de entidades disueltas
- Se proyecta un plazo de tres años a partir de la vigencia de la ley para que las entidades disueltas al amparo de las leyes N.º 9024 o N.º 9428 (y que no se hayan liquidado formalmente) soliciten su reinscripción ante el Registro de Personas Jurídicas. El proceso requeriría el pago de adeudos, escritura pública por medio de representante o socios, y un arancel registral base de ₡2.000 más timbres.
La iniciativa se encuentra en trámite en el Plenario de la Asamblea Legislativa, por lo que su contenido y alcances definitivos están sujetos a los cambios que surjan durante el debate parlamentario.
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