Proyecto de Ley N° 25.737 propone ajustar el valor fiscal de vehículos, embarcaciones y aeronaves
Proyecto de Ley N° 25.737 propone ajustar el valor fiscal de vehículos, embarcaciones y aeronaves
Nota escrita por Yannick Rodríguez, Asistente Legal-Tax.
El Proyecto de Ley N.° 25.737 plantea adicionar un artículo 9 bis a la Ley N.° 7088. La iniciativa propone otorgar una habilitación legal expresa a la Dirección General de Tributación (DGT) para ajustar el valor fiscal de vehículos automotores, embarcaciones y aeronaves en aquellos casos donde se identifiquen diferencias respecto de su valor promedio de mercado.
Mecanismo de ajuste y parámetros técnicos
La propuesta contempla que la revisión del valor fiscal pueda realizarse de oficio por parte de la DGT o a solicitud del contribuyente:- Criterios de valoración: Para la determinación del valor de mercado se tomarían como referencia bienes con características similares, evaluando marca, modelo, año de fabricación y especificaciones técnicas, así como las guías de valores oficiales del Ministerio de Hacienda.
- Solicitud por parte del contribuyente: El texto permite al propietario tramitar la revisión cuando el valor fiscal registrado resulte superior al valor promedio de mercado del bien.
- Efectos a futuro: La propuesta establece que el ajuste surtiría efectos únicamente para los períodos fiscales posteriores a la firmeza del acto administrativo, sin carácter retroactivo.
Alcance tributario y delimitación aduanera
El proyecto delimita la aplicación del eventual ajuste a los siguientes términos:- Exclusividad para el Impuesto sobre la Propiedad: La modificación afectaría únicamente la base imponible del Impuesto sobre la Propiedad de Vehículos, Embarcaciones y Aeronaves.
- Sin efecto en tributos de importación: La iniciativa especifica que el ajuste no constituye una reliquidación aduanera ni modifica los impuestos pagados en el momento de la importación.
Estimación de recaudación citada en el proyecto
La exposición de motivos del proyecto incluye estimaciones de recaudación para el Impuesto sobre la Propiedad:- Escenario base (CIF + tributos de aduana): Proyección de incremento de ₡2.455 millones.
- Escenario con margen comercial: Proyección de incremento de ₡3.289 millones al incorporar el margen de venta estimado.