Que no se le pase el Timbre de Educación y Cultura
Que no se le pase el Timbre de Educación y Cultura
Nos encontramos en la recta final para cumplir con una de las obligaciones anuales de las sociedades en Costa Rica: el pago del Timbre de Educación y Cultura.
Este pago debe realizarse durante los meses de febrero y marzo de cada año, siendo el 31 de marzo la fecha límite para estar al día.
No deje pasar este trámite. Aunque es una obligación sencilla, su omisión puede generar intereses por mora y contratiempos en gestiones legales o registrales, ya que estar al día es requisito para diversos trámites.
Este pago debe realizarse durante los meses de febrero y marzo de cada año, siendo el 31 de marzo la fecha límite para estar al día.
No deje pasar este trámite. Aunque es una obligación sencilla, su omisión puede generar intereses por mora y contratiempos en gestiones legales o registrales, ya que estar al día es requisito para diversos trámites.
¿Quiénes deben pagarlo?
- Todas las sociedades mercantiles inscritas en el Registro Nacional.
- Sucursales o agencias de sociedades extranjeras en Costa Rica.
- Sociedades inactivas, que también se encuentran obligadas al pago.
Escala de montos de cancelación
El monto por cancelar se calcula con base en el capital neto reportado en la declaración del Impuesto sobre la Renta.| Capital Social (C) entre: | Impuesto | |
|---|---|---|
| ₡0 | ₡500.000 | ₡5.000 |
| ₡500.001 | ₡2.000.000 | ₡6.000 |
| ₡2.000.001 | ₡4.000.000 | ₡12.000 |
| ₡4.000.001 | C > ₡4.000.001 | ₡18.000 |