Recordatorio: Impuesto Solidario 2026
Recordatorio: Impuesto Solidario 2026
Nota escrita por Gustavo Porras, Senior de Impuestos.
El próximo 15 de enero de 2026 vence el plazo máximo para presentar y pagar, sin recargos ni sanciones, el Impuesto Solidario para el Fortalecimiento de los Programas de Vivienda.
¿Quiénes deben pagarlo?
Este impuesto debe ser cumplido por las personas físicas propietarias de bienes inmuebles de uso habitacional, ocasional o recreativo, cuando el valor de la construcción y de las instalaciones fijas y permanentes supere los ¢143 millones, conforme al Decreto Ejecutivo Nº 45358-H, publicado en La Gaceta N° 239 del 19 de diciembre de 2025.Es importante advertir que la obligación aplica incluso si la propiedad fue adquirida durante el año 2025, siempre que el valor supere el umbral establecido. En estos casos, debe presentarse la Declaración Jurada D-174 a través de la Oficina Virtual OVi en la plataforma TRIBU-CR.
Medios de pago disponibles
- Pago en línea mediante cuenta IBAN desde la OVi.
- Pago presencial en las sucursales del Banco de Costa Rica y del BAC.