Tributación define los criterios de fiscalización del Reporte CRS para el período 2026
Tributación define los criterios de fiscalización del Reporte CRS para el período 2026
Nota escrita por Yannick Rodríguez.
La Dirección General de Tributación (DGT) publicó la Resolución MH-DGT-RES-0021-2026, mediante la cual establece los criterios objetivos de selección y los indicadores de riesgo que utilizará durante el año 2026 para supervisar, verificar y monitorear el cumplimiento del Estándar Común de Reporte (Common Reporting Standard – CRS).
Esta resolución forma parte de los compromisos asumidos por Costa Rica ante la OCDE para el intercambio automático de información financiera, y busca fortalecer el control sobre las entidades obligadas a reportar.
¿Cuáles son los criterios de selección para supervisión?
La Administración Tributaria podrá seleccionar a entidades financieras y otros sujetos obligados para procesos de supervisión si cumplen con situaciones como:- Volumen alto de datos: Formar parte del 20% de las entidades con mayor cantidad de cuentas financieras reportadas.
- Alcance global: Reportar información a un número significativo de jurisdicciones extranjeras.
- Alertas externas: Haber presentado inconsistencias detectadas por administraciones tributarias de otros países.
- Omisiones: No haber presentado el Reporte CRS o el reporte sin operaciones (“Nil Report”).
- Comportamientos atípicos: Mostrar incrementos en cuentas no documentadas o reducciones significativas en las cuentas reportadas en comparación con el período anterior.
- Deficiencias de calidad: Presentar errores en datos críticos como números de identificación fiscal (TIN), fechas de nacimiento o nombres.
- Historial de cumplimiento: Tener sanciones o incumplimientos detectados en supervisiones previas.
Principales factores de riesgo identificados por la DGT
Dentro de los indicadores de riesgo que activarán alertas para la DGT destacan:- Presentación tardía de la información.
- Reportes incompletos o con errores formales.
- Deficiencias en la aplicación de los procedimientos de debida diligencia CRS.
- Falta de obtención o actualización de las autocertificaciones de residencia fiscal.
- Incumplimientos en la conservación de la documentación de respaldo.
- Información de terceros que sugiera posibles omisiones.
- Vínculos con sanciones en materia de prevención de legitimación de capitales.
Implicaciones y Recomendaciones Prácticas
La publicación de estos criterios confirma que la DGT utilizará metodologías basadas en análisis de datos cada vez más integrales y automatizadas. Los indicadores demuestran que ya no solo se evalúa la entrega formal del reporte, sino también la calidad de la información y la coherencia de los datos con otras áreas de cumplimiento (como legitimación de capitales).Para mitigar riesgos y evitar procesos sancionatorios, recomendamos a las entidades obligadas:
- Auditar las autocertificaciones: Verificar que las declaraciones de residencia fiscal estén completas, actualizadas y debidamente custodiadas.
- Evaluar la calidad de la data: Revisar que los campos críticos (especialmente los TIN extranjeros y fechas de nacimiento) no contengan errores de formato.
- Analizar las variaciones: Identificar internamente variaciones atípicas o disminuciones drásticas en sus cuentas antes de que estas generen una alerta automática en los sistemas de la DGT.
- Robustecer el expediente de soporte: Asegurar que la documentación que respalda la debida diligencia se conserve por los plazos de ley y esté lista ante un eventual requerimiento de información.